EsSalud: empresas que deben aportaciones tendrán descuento de hasta 20% si pagan al contado

Seguro Social espera recuperar S/ 628 millones que serán destinados al mejoramiento de infraestructura y equipamiento de los servicios de salud en beneficio de los asegurados.

Publicado el 11/02/2020 a las 13:10

El Seguro Social de Salud saludó la publicación del reglamento del Decreto de Urgencia (DU) N° 037-2019, que establece regímenes de sinceramiento y facilidades para el pago de la deuda tributaria por aportaciones a EsSalud que tienen empleadores públicos y privados.

Las entidades deudoras que se acojan a estos regímenes tendrán un descuento de hasta 20%, si pagan sus deudas al contado, según establece dicho reglamento aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), mediante un decreto Supremo publicado hoy en el diario oficial El Peruano.

Como se recuerda el DU dispone medidas extraordinarias para recuperar las deudas por aportaciones al Seguro Social de Salud con la finalidad de disponer de recursos financieros necesarios para ampliar y/o mejorar la infraestructura y equipamiento asistencial de EsSalud.

La norma reglamentaria señala que podrán acogerse al Régimen de Facilidades de pago de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (REFACSSS) las micro o pequeñas empresas, naturales o jurídicas, del sector privado cuyas ventas anuales no superen las 1,700 unidades impositivas tributarias (UIT).

En tanto, los gobiernos regionales y locales (no incluye a los municipios de los centros poblados) pueden acogerse al Régimen de Sinceramiento de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (RESICSSS).

Para el REFACSSS se considerará la deuda pendiente generada hasta el periodo tributario diciembre 2015, mientras que para el RESICSSS la deuda pendiente concebida hasta el 31 de diciembre de 2018.

Beneficios

Los empleadores públicos y privados que se acojan a este régimen y paguen sus deudas al contado tendrán un descuento de hasta 20% sobre el monto calculado de dicha deuda.

En caso decidan pagar la deuda de manera fraccionada podrán hacerlo en 120 cuotas mensuales, en las que se incluirán los respectivos intereses por el fraccionamiento. La tasa de interés anual efectiva por fraccionamiento es de 3%.

El reglamento también señala que las cuotas del fraccionamiento no pueden ser menores a S/ 430.00, salvo la última cuota.

La acumulación de tres o más cuotas vencidas y pendientes de pago, total o parcialmente, faculta a la SUNAT realizar la cobranza coactiva de la totalidad de las cuotas pendientes de pago, dándose por vencidos todos los plazos.

Campaña

El Seguro Social de Salud realiza una campaña para que más de 80 mil entidades deudoras, entre públicas y privadas, se acojan al sistema de fraccionamiento y facilidades de pago el hasta el 31 de marzo de 2020.

Precisó que la deuda estará exonerada del pago de multas, así como la extinción de los intereses del total de la deuda acogida a los regímenes.

Con esta medida, EsSalud espera recuperar S/ 628 millones que serán destinados al mejoramiento de infraestructura y equipamiento de los servicios de salud en favor de los asegurados.